La instalación de un ascensor en la comunidad de vecinos

Uno de los conflictos más comunes en la comunidad de vecinos se refiere a la instalación de un ascensor para la comodidad de los miembros de las viviendas. Supuestamente se trata de una mejoría para el bien de todos, sobre todo para los vecinos mayores de edad y/o de aquellos que cuentan con algún problema de movilidad que dificulte el ascenso por las escaleras comunes.

Por otro lado, están los vecinos jóvenes que no se importan en subir unos escalones hasta llegar a su planta y no tienen ninguna intención de cubrir los gastos extras futuramente generados con la instalación de dicho ascensor. Gastos estos que pueden sumar valores exorbitantes, dependiendo el proyecto.

Instalación de un ascensor, comunidad de vecinos

Otro grupo que normalmente no participa favorablemente en este asunto son los propietarios de pisos ubicados en la planta baja, ya que estos no harán ningún uso del ascensor, con lo cual su instalación es totalmente indiferente para su bienestar.

Aunque haya muchas controversias y opiniones dispares, la instalación del ascensor podrá ocurrir cuando haya la aprobación de tres quintas partes de los propietarios.

En el caso de que la aprobación no alcance esta cantidad de votos favorables, la instalación podrá ser igualmente aprobada desde que haya casos reales de vecinos mayores de setenta años o con dificultad de movilización. En este caso, la mayoría de los votos favorables será suficiente para autorizar el proyecto.

Ascensor en la comunidad de vecinos

¿Los vecinos de los bajos deben pagar la instalación del ascensor? Si la mayoría de los votos es favorable, los vecinos de los bajos no tendrán otra opción además de participar de los gastos de instalación del ascensor, aunque no vayan disfrutar de sus beneficios.

Una vez que los vecinos de esta comunidad se pongan de acuerdo y que todos consientan la instalación, será necesario proceder a los próximos pasos; buscar diversos presupuestos y definir si los cambios que serán realizados en la arquitectura y características del edifico son viables.

Es importante que el presidente de la comunidad solicite los debidos permisos del ayuntamiento para realización de la obra deseada.